La reglamentación de la Ley 27.713 publicada este martes en el Boletín Oficial, garantiza el derecho a todas las instancias de detección y tratamiento correspondientes en cada curso de vida.
La reglamentación de la Ley 27.713 de Cardiopatías Congénitas, que garantiza la cobertura de todas las instancias de detección y tratamiento de esta problemática en cada etapa de la vida, fue publicada este martes en el Boletín Oficial.
"De 2008 (cuando se creó el Programa Nacional de Cardiopatías Congénitas) hasta 2021, las muertes infantiles por malformaciones congénitas bajaron de 2.285 a 1.249 y las defunciones por malformaciones cardíacas disminuyeron de 847 a 513”, expresó este lunes la Ministra de Salud Carla Vizzotti al anunciar la reglamentación.
La Ley 27.713 tiene el objetivo de garantizar que todas las personas con cardiopatías congénitas tengan el derecho a todas las instancias de detección y tratamiento correspondientes en cada curso de vida.
De esta manera, se otorgó rango de Ley al Programa Nacional de Cardiopatías Congénitas, que desde su creación en 2008 atendió a más de 20.000 niñas y niños que han sido intervenidos quirúrgicamente y ha reducido la lista de espera para estas intervenciones de mil a cero, agregó la información oficial.
A partir de la reglamentación, el Programa Nacional de Cardiopatías Congénitas tiene como desafío, de cara al futuro, garantizar los cuidados de aquellas y aquellos niños que crecieron, sobrevivieron y requieren cuidados específicos del adulto.
A su vez, se busca fortalecer el diagnóstico prenatal y que todos los subsectores avancen en una mayor accesibilidad y calidad en la atención de esta problemática.
Por último, se garantiza además que todas las mujeres embarazadas o personas gestantes tengan el derecho a un control prenatal que incluya la detección precoz de cardiopatías congénitas incluido dentro del Plan Médico Obligatorio.