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Gerardo Pollicita concluyó que los fondos cuestionados proceden de etapas previas al ejercicio del cargo público. No obstante, solicitó el pase a la Justicia Penal Económica al advertir múltiples irregularidades en la declaración de activos y pagos en divisas.

La causa judicial centrada en la evolución patrimonial de Manuel Adorni ha tomado un nuevo rumbo institucional. El fiscal federal Gerardo Pollicita consideró que no existen elementos probatorios para sostener la acusación por enriquecimiento ilícito contra el exjefe de Gabinete, aunque instó al juez Ariel Lijo a declinar la competencia del fuero federal y derivar la investigación a la Justicia Nacional en lo Penal Económico por supuestos delitos tributarios.

La decisión fiscal no implica el cierre definitivo del proceso ni el sobreseimiento del exfuncionario. Tras examinar las actuaciones del período comprendido entre diciembre de 2023 y junio de 2026, la Fiscalía consideró inverosímil encuadrar las maniobras dentro de la figura de corrupción administrativa, al no comprobarse que los fondos investigados hubieran sido generados como contraprestación por el ejercicio de sus funciones estatales.
El respaldo de la hipótesis en criptomonedas

Durante las actuaciones, la Fiscalía registró desembolsos por USD 402.578,12 —en su gran mayoría abonados en efectivo— y una brecha de $43.068.549 entre los ingresos formales respaldados y las erogaciones detectadas.

Para argumentar el origen del dinero, la defensa técnica de Adorni alegó la realización de compras de Bitcoin por cerca de USD 200.000 efectuadas entre 2014 y 2018, cuya liquidación posterior fuera del circuito financiero habría generado un remanente en efectivo de USD 591.544,61.

Si bien los peritajes técnicos de la Policía Federal verificaron el control actual sobre las ocho billeteras virtuales presentadas por el imputado, los especialistas aclararon que la tecnología blockchain no permite acreditar de forma fehaciente la titularidad histórica de las claves durante el período señalado. Sin embargo, la Fiscalía evaluó que la capacidad de ahorro previa del matrimonio —con remuneraciones acumuladas estimadas en hasta USD 493.000 entre 2011 y 2018— volvía verosímil la inversión inicial planteada por la defensa.
Incongruencias bajo la lupa de la Justicia Penal Económica

A pesar de desestimar el crecimiento ilegal del patrimonio en la función pública, Pollicita advirtió sobre la presencia de maniobras destinadas a omitir obligaciones impositivas ante ARCA.

Entre los ejes que justifican la derivación al fuero especializado figuran:

Falta de exteriorización oportuna: El mantenimiento de sumas en moneda extranjera y de los activos cripto fuera de las declaraciones juradas originales.

Operaciones en efectivo y préstamos privados: El financiamiento no bancarizado de propiedades en el country Indio Cuá y en la calle Miró, sumado a mutuos acordados con particulares y refacciones no facturadas.

Uso de terceros: El empleo de tarjetas de crédito pertenecientes a personal a su cargo para efectuar consumos de índole personal.

El juez federal Ariel Lijo deberá definir en los próximos días si acepta la solicitud de incompetencia material y transfiere formalmente la causa para determinar eventuales responsabilidades por evasión en el Impuesto a las Ganancias y Bienes Personales.