Puede ser una imagen de una o varias personas, multitud y texto

El Tribunal N.º 2 absolvió a Maximiliano Cabaleyro y a otros seis trabajadores por las protestas de 2021 en Rey Distribución. El fallo dictaminó su libertad inmediata, determinó que el reclamo no configuró delito penal y criticó la judicialización de los conflictos laborales. Moyano celebró la resolución y cuestionó duro a la querella.

El Tribunal en lo Criminal N.º 2 de San Nicolás resolvió absolver a Maximiliano Cabaleyro, exsecretario general de la seccional local de Camioneros, junto a otros seis operarios involucrados en un conflicto gremial con la firma Rey Distribución surgido a inicios de 2021. La sentencia, suscripta por el magistrado Alejandro Gabriel López, ordenó la inmediata excarcelación del referente sindical y desestimó la pretensión punitiva tanto de la fiscalía como de la querella.

El juzgador concluyó que las medidas de fuerza —que implicaron la interrupción momentánea del flujo vehicular en las dependencias de San Pedro— constituyeron un ejercicio legítimo del derecho de huelga y no un ilícito penal. Asimismo, la resolución descartó de plano las imputaciones de extorsión y cobros indebidos promovidas por la senadora provincial y representante letrada de la empresa, Florencia Arietto, al sostener que no se aportaron pruebas fehacientes. De este modo, la sentencia dejó sin efecto los pedidos de prisión que alcanzaban los 10 años por parte del Ministerio Público y los 15 años exigidos por la querella.
Fuertes declaraciones del gremio y críticas a la querella

Al difundirse la resolución judicial, el secretario adjunto del Sindicato de Choferes de Camioneros, Pablo Moyano, manifestó su satisfacción por la liberación de Cabaleyro y los trabajadores imputados. En sus declaraciones, apuntó de forma directa contra la labor de la abogada de la firma querellante:

"Nos hemos enterado que la justicia de San Nicolás ha absuelto y ha otorgado la inmediata libertad al compañero Maxi Cabaleyro" [y al resto de los involucrados], sostuvo Moyano, calificando el expediente como una causa "armada" por "la chanta de Florencia Arietto, que es una panelista de televisión que inventa causas, junto a los dos delincuentes de la empresa Rey que no venían cumpliendo con los trabajadores".

En esa misma línea, el dirigente enfatizó que el fallo sienta un antecedente sobre la naturaleza de las protestas colectivas:

"Esto quiere decir que llevar adelante una medida legítima no es bloquear, no es extorsión, ni es ser patotero, sino que es reclamar legítimamente por los derechos de los trabajadores", remarcó Moyano, quien además cuestionó el tratamiento del caso por parte de diversos medios de comunicación.

El origen de las protestas en San Pedro

El expediente judicial reconstruyó que las medidas iniciadas entre enero y febrero de 2021 respondían a la suspensión de un delegado gremial, así como a reclamos por irregularidades salariales y falencias en las condiciones de higiene y seguridad en la planta.

En sus fundamentos, el juez consideró un "despropósito" haber llevado la disputa sindical al fuero penal, advirtiendo que recurrir a la persecución criminal ante medidas de acción directa en las que no existió violencia física ni daños materiales vulnera los principios del Estado de derecho. Con este dictamen, el gremio logra un fallo determinante que valida el encuadre de la protesta dentro del marco legal laboral.