El Concejo Deliberante de la ciudad de Cutral Co delibera este viernes desde las 12 analizando los proyectos que establecen modificaciones en la tarifaria 2026. Entre ellas la rebaja del 50% del costo del tendido de los servicios para loteos sociales y barrios semirurales y el alivio fiscal para sectores vulnerables y jubilados. Los Artículos a modificar son los siguientes:

El Artículo 123, de la Ordenanza Tarifaria 2026. La nueva redacción autoriza al Ejecutivo a otorgar "mediante acto administrativo fundado, exenciones totales o parciales, reducciones, diferimientos, planes especiales de pago o cualquier otra modalidad de alivio fiscal respecto de tasas, derechos y contribuciones municipales".

La intendencia podrá disponer de esas herramientas ante "Situaciones de vulnerabilidad socioeconómica debidamente acreditadas; Razones de interés público debidamente justificadas; Emergencias económicas, sociales o productivas o situaciones excepcionales que afecten la capacidad contributiva" del vecino.

No obstante, la norma aclara que "El otorgamiento de dichos beneficios deberá fundarse en informes técnicos, sociales o económicos emitidos por las áreas competentes".

Otro proyecto a tratar busca modificar el artículo 124 de la Tarifaria 2026. Puntualmente, la nueva redacción señala que "Cuando la ejecución de obras públicas municipales, provinciales o nacionales dentro del ejido urbano genere interrupción del tránsito, restricción de accesos, disminución de la circulación y/o afectación directa de la actividad comercial, el Departamento Ejecutivo Municipal podrá disponer", de medidas de alivio para los afectados.

En este sentido, propone la "Exención total o parcial del Derecho por el Ejercicio de la Actividad Comercial" así como la "Exención total o parcial de la Tasa de Habilitación o Licencia Comercial".

También tiene como alternativa, el "diferimiento de vencimientos o establecimiento de planes especiales".

La norma que ingresará este jueves al deliberativo, aclara que "El beneficio será de carácter temporal, tendrá vigencia durante la ejecución de la obra o el plazo que determine el acto administrativo, deberá ser solicitado por el contribuyente o instrumentado de oficio cuando corresponda y requerirá evaluación técnica de la afectación".

El tercer proyecto para tratamiento del cuerpo, introduce cambios en la redacción del artículo 93) detallando que “En el caso de terrenos sociales y barrios semirurales, el valor de las redes de servicios será del cincuenta por ciento (50%) del monto determinado”.

Esto comenzó a partir de una iniciativa impulsada por vecinos del Cono de Seguridad, que pedían mejores condiciones de pago para la rede cloacal. Hubo reunionesa con el Ejecutivo y de allí se consensuó avanzar con la rebaja en el costo de los servicios dejándolo definido en una Ordenanza.

En cuanto a Redes de gas, prevé las mismas condiciones de pago que existían en la norma original. Esto es “5 %) de anticipo y el saldo hasta treinta (30) cuotas con un interés del tres por ciento (3 %) mensual sobre saldos”, aunque estableciendo un “Valor por cada metro lineal 70 UT. (Cada UT vale $ 2.800 es decir que el metro lineal es de $ 196.000)”.

No obstante, agrega que “De acuerdo a la situación socioeconómica del contribuyente se implementará una declaración jurada a los efectos de atender situaciones puntuales que no se encuadren en los incisos anteriores”, aclarando que “El Ejecutivo Municipal implementará a tal efecto el Decreto Reglamentario en lo referente a escasos recursos y jubilados”.

En cuanto al valor de los terrenos, la modificación enviada por el Ejecutivo, mantiene las condiciones de pago actuales, aunque cambia parte de la redacción, puntualizando que "Ante situaciones socioeconómicas debidamente acreditadas, el Departamento Ejecutivo podrá ampliar plazos, reducir montos, establecer planes especiales o aplicar beneficios diferenciales, previo informe socioeconómico". Es decir que podrá modificar "a la baja" el precio de los lotes.