La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo dio marcha atrás con la medida cautelar que mantenía frenados los cambios en la legislación laboral. A través de un fallo de la Sala VIII, la Justicia aceptó el recurso presentado por el Estado Nacional con efecto suspensivo, lo que implica que, mientras se resuelve la cuestión de fondo, el articulado de la ley vuelve a ser aplicable en todo el territorio.
El recorrido del expediente
La disputa legal, caratulada como "CGT c/ Estado Nacional", tuvo un cambio drástico en menos de 30 días. El pasado 30 de marzo, el juez de primera instancia Enrique Ojeda había fallado a favor de la central obrera, bloqueando temporalmente 83 artículos de la Ley 27.802. Sin embargo, la reciente resolución de los magistrados María Dora González y Víctor Arturo Pesino revirtió dicha parálisis operativa.
Puntos clave de la resolución
·Efecto Suspensivo: La Cámara modificó la forma en que se concedió la apelación del Gobierno. Al otorgarle carácter "suspensivo", la orden de frenar la ley queda invalidada hasta que exista una sentencia definitiva.
·Vigencia inmediata: Con esta decisión, la reforma impulsada por el Ejecutivo recupera su vigencia total, dejando sin efecto la protección que había obtenido el sindicalismo en el Juzgado N° 63.
·Contexto normativo: La ley en cuestión había sido publicada en el Boletín Oficial el pasado 6 de marzo, y representa uno de los pilares del programa económico del oficialismo.
Lo que sigue
Esta resolución marca un triunfo táctico para el Gobierno en los tribunales de Comodoro Py, aunque la batalla legal continuará cuando la Cámara deba analizar la constitucionalidad de la norma. Por el momento, las empresas y trabajadores quedan sujetos a las nuevas reglas establecidas en la reforma integral.
