El Concejo Deliberante de Plaza Huincul reiteró el pedido al Ejecutivo del envío del Registro de Proveedores por mayoría de 5 votos (se opusieron Liliana Gorsd y Daniel Vidondo, los dos oficialistas). El tratamiento de la iniciativa provocó chispazos entre el presidente del cuerpo y los concejales Sebastián Avila y Gustavo Suárez (Ver aparte).
Al fundamentar la iniciativa, el concejal Fernando Doroschenco (FyPN) señaló que "es importante conocer la inf0ormación. hemos escuchado al intendente decir que la información es pública y está a disposición de todos los vecinos.. pero el CD es la tercera vez que lo pide... esperamos que sea la vencida", dijo.
"Tenemos una Ordenanza de Compre Local que, no sé si la conocen, pero estaría bien que la revisen en la cual, si bien Cutral Co y Plaza Huincul forman una comarca en la cual los vecinos interactúan, ese Ordenanza trata que quienes aportan en Plaza Huincul, los vecinos de Plaza Huincul que tributan su habilitación comercial, tengan preferencia sobre los comercios de Cutral Co, por supuesto, si las condiciones son las adecuadas: competitividad de precios, disponibilidad de producto", explicó.
"Entonces, en la vida diaria, en el recorrido, en el estar con los vecinos, compartir entre los distintos comercios, nos encontramos que hay pinturerías, ferreterías, corralones que se están empezando a quejar porque las compras más abultadas que realiza el municipio de Plaza Huincul se están realizando en corralones y ferreterías de la vecina ciudad de Cutral Co", describió.
"Lo que dicen es 'por lo menos que nos hagan un pedido de precios para saber si estamos, o no, acorde a los precios que están pagando’ de acuerdo justamente a esta Ordenanza”, puntualizó.
"Lo mismo sucede con el alquiler de vehículos. Tenemos vehículos que, en el 90% por lo que pudimos constatar en alguna información que nos llegó extraoficial porque no tenemos la oficial, otra contestación que no ha cumplimentado, es que el 90% son alquilados a un gran empresario de distintos rubros de la ciudad de Cutral Co. Y otra vez nos preguntamos: ¿no hay proveedores de vehículos en la ciudad de Plaza Huincul a los cuáles se les pueda alquiler los vehículos, que no son muchos hay que reconocerlo, pero serán 10 o 15 vehículos en total, pero tranquilamente podrían ayudar a algún vecino de Plaza Huincul para atravesar esta crisis", resaltó.
El texto completo de la iniciativa es el siguiente:
PROYECTO DE COMUNICACIÓN Pedido de informe sobre REGISTRO DE PROVEEDORES
VISTO: Los artículos 66 inc. d), y Artículo 79, Artículo 113 inc. h) y 228 de la Carta Orgánica Municipal, la Ordenanzas, 1950/2023 y 2089/2025 y Comunicaciones 056/24 y 007/25; y
CONSIDERANDO:
Que la Carta Orgánica establece que el régimen de contrataciones se adecuarán a los principios de publicidad, igualdad, concurrencia y selección objetiva (Art. 228).
Que el Artículo 231∘ estipula que los proveedores y contratistas deben estar inscriptos en un registro previo a cualquier contratación.
Que la Ordenanza 1950/23 creó el "Registro de proveedores de la Ciudad de Plaza Huincul", estableciendo que los datos de los proponentes registrados serán públicos (Art. 5∘).
Que para proveer cualquier bien o servicio al estado municipal es requisito indispensable estar inscripto en dicho registro (Art. 7∘).
Que desde la creación del registro el Municipio ha adquirido bienes y servicios, estando obligado al cumplimiento de la norma.
PÁGINA 3: ANTECEDENTES Y ARTICULADO
Que en el año 2024, mediante Comunicación 056/24, se solicitó información del registro con copia certificada, detallando razón social, CUIT (AFIP), domicilio y fecha de inscripción.
Que ante la falta de respuesta, el 1° de abril de 2025 se reiteró el pedido mediante la Comunicación 007/25.
Que habiendo cumplido un año de la última solicitud, el Concejo Deliberante aún no ha recibido la información.
Que la Ordenanza 2089/25, en su Artículo 5∘, prevé intimaciones y sanciones ante la falta de respuesta injustificada a los pedidos de informe.
POR ELLO: EL CONCEJO DELIBERANTE DEL MUNICIPIO AUTÓNOMO DE LA CIUDAD DE PLAZA HUINCUL SANCIONA LA SIGUIENTE COMUNICACION
Artículo 1∘): Se intima al Departamento Ejecutivo remita copia certificada por escribano público del listado actualizado del "Registro de proveedores de la Ciudad de Plaza Huincul" (Ordenanza 1950/23).
Artículo 2∘): La copia certificada debe contener:
a) Razón social del Proveedor.
b) Constancia de inscripción Arca / Afip.
c) Domicilio fiscal.
d) Domicilio particular.
e) Fecha de inscripción en el Registro.
Artículo 3∘): De forma.
