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La Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN) sentó un importante precedente jurídico que favorece a la dirección empresarial y refuerza la separación patrimonial de sus integrantes. En el caso “Oviedo, Javier Darío vs. Telecom Argentina S.A. y otros s. Despido”, el máximo tribunal descalificó una condena solidaria contra directivos de Telecom, estableciendo nuevas pautas para la atribución de responsabilidad personal en sociedades de gran envergadura.

En instancias previas, la Sala II de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo había confirmado la condena solidaria contra Telecom Argentina S.A., Tel 3 S.A. y Cotelar S.R.L., alegando que Telecom había utilizado fraudulentamente a las otras dos empresas para encubrir la relación laboral directa con el demandante. Adicionalmente, la Cámara había extendido la responsabilidad solidaria a los directores Enrique Garrido, Andrea Mangoni y Gerardo Werthein, bajo el argumento de que la sociedad había incurrido en "actos simulatorios ilícitos" con "pleno conocimiento" e "intención deliberada de no registrar el vínculo".

Sin embargo, el fallo de la CSJN, integrado por Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti, descalificó la sentencia de la Cámara por "arbitrariedad". La Corte consideró que la sentencia impugnada omitió valorar circunstancias decisivas y realizó "afirmaciones dogmáticas" al no examinar si, dada la estructura de Telecom Argentina S.A. como una empresa de gran tamaño, los directores podían razonablemente conocer o controlar las contrataciones cuestionadas, ni si existían mecanismos de auditoría o delegación jerárquica adecuados.

El máximo tribunal subrayó que la "personalidad diferenciada de la sociedad respecto de sus administradores" es una "regla precisa y la base del derecho societario". Enfatizó que la excepción a esta regla debe interpretarse de manera restrictiva y que la atribución de responsabilidad personal a los directores requiere una "cabal comprobación de que estos incurrieron en un mal desempeño de sus cargos por no actuar con la diligencia propia de un buen hombre de negocios". La Corte aclaró que el estándar del "buen hombre de negocios" varía con el contexto, y en grandes empresas, los directores deben asegurarse de la existencia de "mecanismos de control apropiados" para prevenir irregularidades, en lugar de revisar personalmente cada decisión cotidiana.

Esta decisión sienta un precedente que protegerá el patrimonio personal de los miembros del directorio de las empresas. Diversas entidades empresariales ya han expresado su aprobación, celebrando que el fallo proporciona una importante seguridad jurídica para quienes ocupan posiciones de liderazgo en las compañías.

De esta manera, el fallo de la CSJN podría marcar un punto de inflexión en futuros litigios laborales, al disuadir demandas que busquen comprometer patrimonios individuales de directivos como parte de estrategias legales. La sentencia establece que las responsabilidades deben evaluarse en el contexto de las operaciones corporativas y no solo sobre los individuos que lideran las compañías, redefiniendo el alcance de la responsabilidad para los administradores de grandes corporaciones.