El Deliberante de Plaza Huincul, sancionó Ficha Limpia que se aplicará, por primera vez, en la elección a intendente de 2.027. La norma tiene un doble cerrojo: no se podrá ser candidato, pero si la segunda condena llega después de la elección, la Junta Electoral no podrá proclamarlo.


El oficialismo no dejó pasar la ausencia del concejal Gustavo Suárez, en el día que se aprobó "Ficha limpia" y deslizó con sutileza la situación. No obstante, cabe aclarar que Suárez ni siquiera está imputado.

Este medio dialogó con Vidondo, abogado en su profesión particular, quien brindó una explicación clara y concisa, de los alcances.

P_: ¿Huincul tiene ficha limpia?

DV_: Exactamente, en día de hoy, la sesión del día 3 de junio, se aprobó por unanimidad de los miembros presentes en la sesión adquirir a la ley 3.498, la ley provincial de ficha limpia, y por ende, eso nos obligó a modificar la ordenanza electoral local, que es la ordenanza 1625, incluyendo entre los requisitos para ser candidatos, las prohibiciones que implica la Ficha Limpia que, han sido por ahí ampliamente debatidas, más que nada nivel nacional, hablando de condena en doble instancia, estamos hablando de no ser deudores alimentarios, no estar incluidos en el registro de violencia de género, aquellos candidatos que se han sometido al régimen de la "probation" siempre y cuando no sea por delitos culposos o lesiones leves.

P_: Aclaremos, culposos son aquellos que se hicieron sin intención.

DV_: Sin intención. Lo más fácil es el accidente de tránsito por lo general siempre y cuando obviamente no estemos hablando de un...

P_: Atropellamiento adrede...

DV_: Un dolo eventual, haber consumido alcohol y después se produce el accidente. Ese es el caso más típico.

P_: Culposo.. y lesiones leves son de fractura para abajo; sin incluir la fractura.

DV_: Exactamente. Depende del tiempo de recuperación de las lesiones, lo que estipula el código penal entre leves, graves y gravísimas. Y otra serie de requisitos más. Los condenados por el tráfico de estupefacientes, por la ley penal tributaria y en general por los delitos de la administración pública. Lo particular de esto también es que en caso de que una persona sea electa, supongamos que cumple con todos los requisitos, es electo, pero posteriormente se produce la proclamación, entonces si en el período que va entre la elección y la proclamación surge alguno de estos requisitos,

P_: ¿La condena, por ejemplo?

DV_: Surge una condena o una cuestión así, la junta electoral automáticamente tiene prohibido proclamarlo. Y después que estas prohibiciones se extienden no solamente a los cargos electivos sino también se extiende a los funcionarios del Poder Ejecutivo, los funcionarios del Poder Legislativo. Te doy un ejemplo Secretaría Parlamentaria y Secretaría Administrativa que son cargos y obviamente a los funcionarios del Poder Judicial, digamos entre comillas, que se les jugado de falta, después de falta secretarios y demás.

P_: ¿Asesores?

DV_: No alcanza asesores, porque no son ni funcionarios ni son cargos electivos..

P_: Aparte son eventuales..

DV_: Exactamente son eventuales así que bueno creemos que esto es un proyecto que remitió el ejecutivo municipal el intendente Claudio Larraza lo había promocionado y lo había propuesto en su momento a nivel provincial el gobernador y creo que es un puntapié inicial para empezar a sanear todas estas cuestiones dentro de la política y empezar a mejorar y no encontramos con después determinadas cuestiones de candidatos que sobre todo cometan delitos contra la administración pública y sean candidatos.

P_: ¿Esto mejora la democracia?

DV_: Esto yo creo que sí, mejora la democracia. También hay que aclarar que toda ordenanza o toda ley no es de aplicación retroactiva, es un principio general del derecho.

P_: Pero para esto se toman los antecedentes.

DV_: Obviamente, en el caso particular de Huincul, en el año 2027, cuando se lleven a cabo las elecciones locales se va a aplicar esta ordenanza. Hoy se aplica a nivel provincial en la próxima elección y en Plaza Huincul, también.