El intendente Ramón Rioseco, envió una modificación de la Ordenanza Tarifaria 2025, por la cual propone que, el adjudicatario comenzará a pagar a partir de los 90 días de recibido el lote los servicios retributivos, pero si cumplidos 24 meses después de recibir el solar, no se construyó la unidad habitacional, pasará a tributar como "baldío", que es un monto al menos tres veces superior.
Los baldíos pagan de $ 147 por metros cuadrado si están ubicados en la zona I, es decir aquella que tiene todos los servicios y $ 119 por metro cuadrado en la zona II (Monte Hermoso, Filli Dei, Parque Industrial, Zona 21 de Septiembre, Villa El Puestero, Colonia 2 de Abril, Cono de Seguridad).
En otras palabras, por un terreno de 350 metros cuadrados, se abonarán $ 51.450 mensuales en el sector I y en el II, será de $ 41.650.
Cabe recordar que la tarifaria establece que "Se considera baldío todo inmueble en el que el porcentaje de superficie edificada no supere el 15 % de la superficie total del terreno".
Además, la Ordenanza 2565/17 que se refiere a terrenos Baldíos, define que se deben " Mantener aceras y terrenos baldíos limpios y libres de malezas, basuras, residuos y todo género de materias que signifiquen un riesgo para la salud pública" y "Construir cerco perimetral y/o si existiesen medianeras solamente, la construcción obligatoria del cerco sobre la línea municipal, el cual deberá ser construido en mampostería de dos (2) metros de altura y con portón de acceso".
Ante el incumplimiento de la norma establece multas "de 5 Puntos por cada metro lineal de frente de cerco y 1 Punto por metro de superficie de acera, hasta un máximo de 800 U.T". Cabe recordar que cada punto tiene un valor de $ 3.800 y, si la multa es de 50 a 800 puntos, rondaría entre $ 190 mil y $ 3 millones.