En el texto al que tuvo acceso Télam se pidió dictar la medida autosatisfactiva que ordene "el cese de la retención automática" que el gobierno nacional realiza sobre las sumas que debe recibir la provincia que gobierna Ignacio Torres por Coparticipación Federal de Impuestos.
El gobernador de Chubut, Ignacio Torres, reclamó a la Justicia el dictado de una medida "autosatisfactiva" contra el Estado Nacional para que "cese" la retención automática de sumas de la coparticipación de la provincia en concepto de reembolsos por préstamos del Fondo Fiduciario para el Desarrollo Provincial y el reintegro inmediato de lo ya retenido.
La provincia concretó la presentación del texto de la demanda ante el juzgado federal de Rawson, a cargo del juez Hugo Sastre, quien dio vista a la fiscalía para manifestarse sobre la competencia de ese Tribunal y la competencia de la medida solicitada, informaron a Télam fuentes judiciales
En el texto de 77 carillas al que tuvo acceso Télam, se pidió dictar la medida autosatisfactiva que ordene "el cese de la retención automática que, en concepto de reembolsos por préstamos acordados en el marco del Fondo Fiduciario para el Desarrollo Provincial (Decreto Nro. 286/95), realiza sobre las sumas que ha de percibir la provincia del Chubut por Coparticipación Federal de Impuestos".
"Esta situación deberá mantenerse por el plazo de la emergencia económica, financiera y administrativa del Estado Provincial dispuesto mediante la Ley Nº VII N° 94", sostuvo la presentación firmada por el gobernador Torres, el fiscal de Estado de Chubut Andrés Giacomone, el fiscal adjunto Lucas Papini y el abogado Javier Stampone.
En la demanda se reclama también que se ordene al Estado Nacional "renegociar la deuda en condiciones razonables que impliquen un plazo mínimo de 5 años de amortización y una modificación de las condiciones actuales de actualización de la deuda por CER".
"Esta situación deberá mantenerse por el plazo de la emergencia económica, financiera y administrativa del Estado Provincial dispuesto mediante la Ley Nº VII N° 94"
En concreto se pide aplicar "una tasa BADLAR en pesos bancos privados para operaciones superiores a $ 1.000.000, en un plazo de 30 a 35 días, más un spread de 200 a 300 puntos básicos".
En su defecto, se solicita autorizar a la provincia a tomar "un nuevo endeudamiento con el exclusivo destino de cancelar la deuda con el Fondo Fiduciario Provincial mediante la emisión de un título de deuda cancelable en un plazo de 5 años en pesos o dólares, bajo la legislación nacional o extranjera".
El gobierno de Chubut reclamó que se ordene al Estado Nacional "hacer inmediata devolución a la provincia de las sumas ($10.516.610.155,08) retenidas automáticamente hasta el día 23/02/2024 de la coparticipación federal -como las posteriores hasta la notificación de la sentencia".
A lo largo de la demanda se explicó en relación a la deuda que "la tasa de interés se actualiza mediante el Coeficiente de Estabilización de Referencia (CER), el avance del proceso inflacionario ocasionado por las políticas implementadas por el propio Estado Nacional causó que la deuda se incremente a la friolera suma de $ 124.565.021.767,23 para el presente año 2024".
"Atendiendo a la gravedad de la situación, ya desde el mes de diciembre de 2023 la provincia del Chubut viene realizando reiterados pedidos de refinanciación -demostrativa de su manifiesta voluntad de pago-", se agregó.
Y se remarcó que hay "necesidad imperiosa de proceder a su cancelación en condiciones que no tornen de imposible cumplimiento la satisfacción de los servicios esenciales del Estado Provincial".
Este lunes, la legislatura del Chubut aprobó un proyecto de ley en el que "se encomienda al Poder Ejecutivo a realizar todas las acciones administrativas, judiciales y métodos alternativos de resolución de conflictos que conduzcan a hacer cesar la ilegalidad y el atropello del gobierno nacional al retener fondos que por derecho le corresponden al estado provincial".
En otro artículo establece que "lo indicado implica también la realización de las acciones de igual tenor tendientes a la recuperación de los recursos correspondientes al mes de febrero del 2024 del régimen de coparticipación federal de impuestos, la ley 26206 y ley de educación nacional por los meses de diciembre del 2023, enero y febrero del 2024 y los fondos correspondientes al fondo de compensación del transporte público".