El jurado popular declaró culpable a un varón que fue acusado de abusar sexualmente, amenazar e intentar matar a una mujer que era su pareja, además de provocar un incendio.
El veredicto fue emitido hoy pasado el mediodía en la Ciudad Judicial. Por la mañana, se realizaron los alegatos de clausura del juicio, en los que el fiscal jefe Juan Agustín García pidió a las 12 personas que integraron el jurado popular, que declaren culpable a J. A. A, el varón imputado.
Con el veredicto, fue respaldada la teoría del caso que presentó el equipo del Ministerio Público Fiscal, que junto al fiscal jefe integraron la fiscal del caso Carolina Mauri, el agente judicial Héctor Moncada y la agente judicial Carla Prevedi.
La decisión del jurado popular fue la siguiente: culpabilidad en el hecho por el incendio, por unanimidad; culpabilidad en las amenazas simple, por mayoría de 10 votos; no culpable por las amenazas coactivas; culpable por unanimidad de abuso sexual con acceso carnal; culpable por unanimidad de tentativa de femicidio doblemente agravada; y culpable por unanimidad de desobediencia de una orden judicial.
Ahora, la Oficina Judicial deberá fijar una audiencia para los próximos días, con el objetivo de debatir la pena que tendrá que cumplir el varón declarado culpable.
De acuerdo a la acusación del fiscal jefe, en total fueron seis hechos los atribuidos al acusado, todos cometidos en Plottier, en enero y diciembre de 2021, en un contexto de violencia de género de parte de él hacia la víctima.
El primero el 6 de enero de 2021 por la tarde, cuando J.A.A envió mensajes a su expareja diciéndole que iría a su casa a llevarle una mochila con sus pertenencias, que él le había quitado unos días antes. A las 00:04 del día siguiente, el imputado le mandó un mensaje a la víctima diciéndole que estaba afuera de su casa. Posteriormente arrojó a la vivienda un elemento generador de llamas que inició un incendio, alcanzando un departamento lindante.
El segundo hecho se desarrolló el 8 de julio de 2021, cuando el imputado amenazó de muerte, mediante mensajes de audio, al hermano y a la madre de la víctima.
El tercero, cuarto y quinto hecho ocurrieron entre el 10 y el 12 de septiembre de 2021 en la ciudad de Plottier. Ese día, J.A.A interceptó a la víctima en la calle, cuando ésta se dirigía a trabajar. García detalló que, en el marco de esa relación de pareja marcada por la violencia de género, ella terminó subiendo a la moto de él y se dirigieron juntos a un bar ubicado en el centro de Neuquén.
También afirmó que posteriormente al intento de femicidio, el acusado abusó sexualmente de la mujer quien, producto de la agresión previa, tenía la cadera quebrada en tres partes y estaba incapacitada para movilizarse.
Según la teoría fiscal, la tentativa de femicidio se produjo cuando víctima y acusado volvieron a la casa de este último en Plottier. Allí discutieron y J.A.A la golpeó, por lo que la mujer intentó escapar por un techo de la vivienda. Pero el imputado la siguió y desde allí, la tomó y la tiró desde tres metros de altura. Tras ese abuso, el acusado y una persona de su círculo cercano suministraron analgésicos a la víctima, que permaneció todo el sábado en la casa y que recién fue llevada al hospital al día siguiente. Fue allí que, ya sin la presencia del imputado, reveló lo ocurrido a personal médico.
El último hecho ocurrió el 28 de diciembre de 2021 a las 00:52, cuando personal policial se presentó en el domicilio del imputado por una alerta del sistema de control de tobilleras electrónicas, que indicaba que la misma había sido manipulada. Cuando los efectivos arribaron a la casa donde J.A.A debía cumplir la prisión domiciliaria, corroboraron que el hombre estaba fuera del domicilio y que el dispositivo estaba roto.
El representante del Ministerio Público Fiscal encuadró los hechos en los delitos de incendio (primer hecho); amenazas simples (segundo hecho); amenazas coactivas; homicidio calificado por el vínculo y por violencia de género en grado de tentativa; abuso sexual con acceso carnal (tercer, cuarto y quinto hecho); y desobediencia a la autoridad (sexto hecho). Todos ellos en concurso real y en calidad de autor (artículos 186 inciso primero, 149 bis primer párrafo y segundo párrafo, 80 incisos primero y onceavo, 42, 119 tercer párrafo, 239, 55 y 45 del Código Penal).