Un tribunal de impugnación integrado por los jueces Andrés Repetto, Liliana Deiub y Cristian Piana confirmó por unanimidad la pena de prisión perpetua de Mauricio Díaz como “culpable del delito de homicidio agravado por el uso de arma de fuego y por ser cometido contra un efectivo policial en funciones”. La víctima había sido el policía Gabriel Nahuelcar, hecho ocurrido el 01/01/2020 en la localidad de Cutral Co.
Por otra parte, el tribunal resolvió cambiar la calificación jurídica de Lautaro Campos, quien había sido condenado como co-autor (junto a Díaz) del homicidio. En el caso de Campos los jueces de impugnación entienden que no existe co-autoría, ya que según el alegato mismo de la fiscalía y lo que surge de los testimonios del juicio, su participación no tiene injerencia sustancial en la acción que lleva adelante Elio Mauricio Díaz, que es quien efectúa el disparo contra Nahuelcar.
De este modo, se adecuó la calificación jurídica del delito por el que fue condenado Campos a la que surge del propio alegato de los acusadores en relación al resto de los condenados en esta causa que es “atentado contra la autoridad agravado”, hecho por el cual, José Luis Espinosa, José Adrián Culliqueo y Miguel Ángel Díaz recibieron penas de menos de dos años de prisión efectiva.
Al cambiar la calificación jurídica de Campos, el tribunal de impugnación resolvió reenviar el presente caso para que el mismo juez que presidió la audiencia de cesura, debata la pena que corresponde imponer a Campos.