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El Fuero Penal del Poder Judicial de la Provincia del Neuquén dictó este miércoles una sentencia condenatoria de 6 años de prisión de cumplimiento efectivo para un joven de 23 años de edad, hallado responsable del fatal siniestro vial ocurrido el pasado 7 de marzo sobre la Ruta Nacional 22, en la zona urbana de Plaza Huincul.

La resolución se homologó mediante la modalidad de juicio abreviado —luego de que el imputado admitiera la autoría del hecho y la calificación legal imputada por el Ministerio Público Fiscal— e incluyó además la sanción accesoria de 10 años de inhabilitación especial para conducir cualquier tipo de vehículo automotor.

La pena privativa de la libertad fijada por el tribunal representa el máximo límite punitivo establecido por el artículo 84 bis del Código Penal para el delito de homicidio culposo agravado por la conducción imprudente y la ingesta de alcohol.

De acuerdo con las pericias accidentológicas e informes técnicos presentados durante la investigación, el hecho se desencadenó cuando el condenado circulaba a bordo de una camioneta Toyota Hilux con un nivel de alcoholización de 1,84 gramos de alcohol por litro en sangre, guarismo que supera ampliamente los límites normativos y altera severamente los reflejos psicomotores.

Al aproximarse a la zona señalizada de la arteria nacional, el sujeto realizó una maniobra de sobrepaso prohibida e invadió el carril opuesto sobre un sector delimitado por doble línea amarilla continua. En esa trayectoria intempestiva, colisionó de manera frontal contra un automóvil Kia Sorento que transitaba en sentido contrario.

Como consecuencia directa de la violencia del impacto y las deformaciones del habitáculo, perdieron la vida en forma instantánea los dos ocupantes del rodado menor: los efectivos policiales Julián Iván Zúñiga, de 27 años, y Atilio Contreras, de 60 años.

Detalles de la calificación probatoria, impacto familiar y el pedido de mayor rigor punitivo

El fallo judicial y las repercusiones tras la homologación del acuerdo abreviado abarcan los siguientes aspectos sustanciales del proceso:

Mecánica del hecho y agravantes técnicos: Las pericias forenses confirmaron que la invasión de carril por parte de la Toyota Hilux se produjo a velocidad elevada y sin margen de maniobra evasiva para el conductor del Kia Sorento. La presencia de 1,84 g/l de alcohol en sangre actuó como la condicionante determinante de la imprudencia grave, configurando la figura tipificada de homicidio culposo agravado por la conducción de un vehículo con motor y el estado de ebriedad.

Declaraciones de los allegados y pedido de reformas: Concluida la audiencia de lectura de sentencia, Marina Zúñiga, hermana del joven oficial fallecido, expresó el dolor que atraviesa el núcleo familiar ante la pérdida irreparable de ambas vidas.

La mujer remarcó que, si bien ninguna pena logra reponer la ausencia de su hermano y de su compañero de fuerza, la instancia judicial era indispensable para fijar una responsabilidad penal concreta. Asimismo, la familia reiteró el reclamo a las autoridades legislativas para revisar los topes punitivos del Código Penal e instó a las fuerzas de seguridad a profundizar las fiscalizaciones preventivas de alcoholemia en las rutas de la región.