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Un tribunal de revisión de la provincia de Neuquén resolvió por unanimidad revocar el beneficio que le permitía al condenado Carlos Alberto Soñé gozar de salidas transitorias sin custodia policial. Soñé, quien cumple una pena de 30 años de prisión efectiva impuesta en 2004 por el abuso sexual y posterior fallecimiento de un menor de edad, continuará bajo estricta supervisión de las fuerzas de seguridad durante sus egresos mensuales de la unidad carcelaria, atendiendo al elevado riesgo de reincidencia y a los dictámenes criminológicos desfavorables.

La controversia judicial se inició luego de que un juez de garantías denegara el pedido de libertad condicional presentado por la defensa del condenado, pero en la misma resolución autorizara que una de las tres salidas transitorias mensuales se realizara bajo la tutela de su madre y sin consigna policial. La Fiscalía interpuso de inmediato un recurso de revisión al considerar que la medida resultaba contradictoria con la gravedad de los peritajes psicológicos y que la tutora propuesta mantenía una postura negadora ante los aberrantes hechos cometidos por su hijo.

Informes psicológicos alarmantes, rechazo a la terapia y fallo unánime

La decisión adoptada por los magistrados se respaldó en el minucioso análisis de los informes técnicos incorporados al legajo de ejecución penal:

Inclinaciones parafílicas y falta de apego terapéutico: Los peritajes psicológicos presentados ante los jueces determinaron la persistencia de "rasgos parafílicos pedofílicos no reducidos al incesto", confirmando una atracción sexual constante hacia menores de edad por fuera del ámbito familiar. Asimismo, se dejó constancia de que Soñé no se adhiere a los abordajes psicológicos sugeridos dentro del establecimiento carcelario.

Fallo del tribunal revisor: Los jueces Lucas Yancarelli, Juan Guaita y la jueza Carolina García ratificaron la negativa a la libertad condicional y anularon el beneficio de salidas sin custodia, argumentando que los informes criminológicos negativos impiden construir el nivel de confianza institucional necesario para prescindir de la vigilancia policial.