El tribunal aplicó la figura de exceso en la legítima defensa tras hallar inconsistencias en los testimonios que generaron duda razonable sobre la hipótesis de homicidio simple.
La Justicia neuquina dictó una pena de tres años y cuatro meses de prisión efectiva para Mariano Iuliano por el crimen de Néstor Alejandro Ibarra, ocurrido en agosto de 2025. El fallo del tribunal —conformado por el juez Juan Manuel Kees y las juezas Natalia Pelosso y Florencia Martini— encuadró el hecho bajo la calificación legal de homicidio en exceso de legítima defensa.
El episodio violento se produjo en horas de la madrugada en cercanías de la costa del río Neuquén, cuando la víctima transitaba por la vía pública junto a un grupo de allegados. En ese contexto, el imputado convocó a Ibarra hacia su vivienda. Tras un abordaje en el que le cubrió la cabeza y el torso con un material plástico, Iuliano le infligió una estocada con un arma blanca de gran tamaño.
La autopsia confirmó que la agresión provocó daños irreversibles en ambos pulmones y en el corazón, lo que desencadenó un shock hipovolémico fatal.
Durante el debate oral, la contradicción en los relatos de los testigos presenciales impidió acreditar la mecánica inicial planteada por la Fiscalía. Ante el principio de duda razonable, las autoridades judiciales adoptaron la postura más favorable para el procesado, determinando que existió un accionar defensivo que excedió los límites legales permitidos.
