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El Banco Central difundió pautas fundamentales para evitar fraudes digitales basados en el control remoto de dispositivos. Asimismo, la autoridad monetaria precisó los pasos a seguir ante cobros indeseados y detalló el procedimiento para elevar reclamos administrativos.

Principales pautas de prevención

Peligro por software remoto: Se advierte sobre engaños donde se incita a descargar programas para verificar datos o destrabar gestiones, herramientas que otorgan a los ciberdelincuentes el control de pantallas para operar plataformas bancarias y tomar créditos.

Canales oficiales: Ni las entidades financieras ni los entes estatales exigen la instalación de aplicaciones de terceros. Ante un requerimiento de este tipo, debe cortarse el contacto de inmediato y verificar el inconveniente mediante las vías de atención habituales.

Resguardo de claves: Se reitera la indicación de no ingresar a enlaces sospechosos ni difundir credenciales de acceso, números pin o códigos de validación bajo ninguna circunstancia.

Actuación ante vulneraciones: En caso de haber descargado algún software de este tipo o brindado información confidencial, corresponde solicitar el bloqueo preventivo del usuario bancario y radicar la denuncia ante la Unidad Fiscal Especializada en Ciberdelincuencia.

Procedimiento frente a consumos no identificados

Verificación previa: Antes de formular una queja por gastos no reconocidos en la tarjeta, es necesario comprobar fechas, posibles consumos de titulares adicionales y razon social del comercio, la cual puede diferir del nombre fantasía habitual.

Desconocimiento del cargo: De persistir la inconsistencia, hay que comunicarse con la entidad emisora, tramitar la inhabilitación del plástico, formalizar la impugnación del consumo y conservar la constancia numérica del trámite.

Reclamos ante el organismo regulador

Instancia previa: El reclamo debe iniciarse indefectiblemente ante el banco o la prestadora del servicio antes de acudir al Banco Central.

Intervención del BCRA: Si la firma no ofrece respuesta en un plazo de diez días hábiles o la resolución es insatisfactoria, el usuario queda habilitado para iniciar el trámite en la web institucional de la entidad regulatoria.

Documentación requerida: Para formalizar la presentación se debe adjuntar DNI, número y comprobante de la gestión previa realizada ante la entidad, respuesta obtenida y el detalle analítico de los importes o transacciones en disputa.