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La jueza de garantías Carina Alvarez homologó el acuerdo pleno y mediante un procedimiento abreviado se condenó a 4 años de prisión a un hombre por herir con un elemento cortante a su hijo.

El 6 de julio 2025 le habían formulado cargos al imputado por tentativa de homicidio. El hecho por el cual fue acusado ocurrió el día 4 de julio en el barrio Confluencia de la ciudad de Neuquén. En ese momento el hombre hirió con un elemento cortante en el cuello a su hijo de 3 años. Ante los gritos del niño, familiares que vivían en la casa de al lado, acudieron y rescataron al pequeño quien fue atendido en el hospital.

Los hechos no fueron controvertidos, pero la fiscalía, luego de avanzar con la investigación y valorar la prueba resolvió modificar la calificación legal, no pudiendo acreditar de manera fehaciente la intencionalidad del hombre de dar muerte a su hijo.

Como datos objetivos se constató que la herida era superficial y no hubo peligro en la vida del niño, por otra parte, se comprobó que el imputado se encontraba bajo los efectos del alcohol y los testigos que asistieron al niño declararon que al llegar, alertados por los gritos, el imputado se encontraba llorando junto al pequeño, tampoco se manifestó ningún tipo de accionar posterior que indicara la intención de avanzar con su accionar, todo lo cual se suma al indicio de que no hubo dolo homicida, es decir intención de matar.

La jueza Alvarez en base a la prueba concordante con la nueva calificación legal, y valorando por el reconocimiento por parte del imputado del hecho por el que se lo acusó, homolgó el acuerdo declarando al imputado responsable del delito de lesiones graves agravadas por el vínculo y por alevosía, y condenando al imputado a 4 años de prisión de cumplimiento efectivo.