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Tras diez jornadas de debate, los ciudadanos dictaron un veredicto condenatorio unánime por delitos graves cometidos en el ámbito convivencial. El magistrado técnico Marco Lupica Cristo ordenó la detención inmediata en prisión preventiva ante el inminente riesgo de fuga.


Un tribunal de jurados de la provincia dictó un fallo de culpabilidad contra un sujeto acusado de someter a agresiones sexuales continuadas a la hija de su expareja durante un lapso de 19 años. La resolución se conoció este miércoles al término de las declaraciones de cierre presentadas por el Ministerio Público Fiscal, la querella particular de la damnificada y la representación legal del imputado.

El proceso judicial estuvo coordinado por el juez técnico Marco Lupica Cristo, quien tuvo a su cargo la conducción de las audiencias, la moderación de los interrogatorios a peritos y testigos, y la posterior lectura de las instrucciones legales que rigieron la deliberación privada del cuerpo de ciudadanos.

A partir de la evaluación de las pruebas ventiladas en el recinto, los integrantes del jurado popular determinaron la culpabilidad del hombre bajo calificaciones de extrema gravedad. El veredicto unánime ratificó que el agresor se valió de su rol de cuidado y del entorno familiar compartido para perpetrar los ataques, los cuales comenzaron cuando la víctima era menor de edad y le provocaron severas secuelas psicofísicas.

Calificaciones legales y detención inmediata

La resolución del tribunal popular encuadró el accionar delictivo en las siguientes figuras penales:

·Abuso sexual con acceso carnal de carácter continuado, con el agravante de haber causado un perjuicio severo en la salud mental y física de la víctima.

·Abuso agravado por la condición de guardador del imputado y por la explotación de la convivencia preexistente durante la niñez y adolescencia de la afectada.

·Corrupción de menores continuada, doblemente calificada por el vínculo de cohabitación y la responsabilidad de custodia.

Inmediatamente después de proclamado el fallo, los equipos de la acusación requirieron el cese definitivo de la detención domiciliaria de la que gozaba el implicado y exigieron su encarcelamiento en un establecimiento penitenciario.

Al resolver sobre este planteo, el juez Lupica Cristo convalidó la aplicación de la prisión preventiva, fundamentando la medida en el incremento sustancial del peligro de fuga y de entorpecimiento de la justicia. El magistrado ponderó que la expectativa de la pena en expectativa supera holgadamente los 15 años de reclusión, haciendo indispensable el resguardo efectivo de la seguridad de la víctima. El monto exacto de la condena de prisión se resolverá en una próxima audiencia de cesura.