Puede ser una imagen de risas

El magistrado Ignacio Pombo convalidó la petición de la fiscalía tras corroborarse que el sospechoso carecía de aptitud mental para comprender el crimen. El hombre, de origen dominicano, había asesinado a golpes a la vecina de Piedra del Águila en 2025 para robarle su vehículo y dinero.

La investigación penal por el violento asalto y posterior homicidio de Olga Delina Quinteros, ocurrido en la localidad de Piedra del Águila, concluyó con una resolución de carácter excepcional en los tribunales neuquinos. Un ciudadano extranjero oriundo de la República Dominicana, quien figuraba como el único imputado en la causa, fue declarado inimputable por las autoridades judiciales. En consecuencia, se dispuso su sobreseimiento definitivo y la aplicación inmediata de una medida de seguridad que lo obligará a permanecer recluido en un establecimiento psiquiátrico por un lapso de 10 años.

La determinación adoptada se fundamentó en los minuciosos informes diagnósticos elevados por el área de Psiquiatría del Cuerpo Médico Forense del Poder Judicial de Neuquén y los profesionales del nosocomio donde el hombre se encuentra alojado. Los dictámenes técnicos coincidieron de forma unánime en que el procesado "no era capaz de comprender sus actos ni dirigir sus acciones" al momento de cometer el crimen.
Cronología del asalto, fuga y detención

El hecho bajo investigación se produjo durante la tarde del 14 de marzo de 2025. El delincuente ingresó a la vivienda de Quinteros, una mujer de 70 años, con el propósito explícito de cometer un robo. En el interior del inmueble, el agresor golpeó ferozmente a la víctima hasta causarle la muerte y se apoderó de dinero en efectivo, diversas alhajas (un reloj, anillos, una cadena) y un automóvil Volkswagen T-Cross que pertenecía a la damnificada.

Tras consumar el homicidio, el atacante emprendió la huida a bordo del rodado por la Ruta Nacional 3 con destino a la provincia de Buenos Aires. Sin embargo, debió abandonar el vehículo a la vera del camino en las inmediaciones de la localidad de Azul tras quedarse sin combustible. El escape continuó gracias a la colaboración de un transportista de carga que lo trasladó hasta la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (CABA). Su detención formal se concretó el 17 de marzo de 2025, apenas tres días después del asesinato, en momentos en que intentaba ingresar al consulado de su país natal en la capital federal.
El planteo del Ministerio Público Fiscal y el encuadre legal

Si bien en los albores de la instrucción el expediente se tramitó bajo el protocolo de femicidio, la acusación pública modificó la tipificación penal definitiva a la figura de robo calificado por homicidio, en calidad de autor.

El pedido formal de sobreseimiento e inimputabilidad fue expuesto el pasado 17 de abril por el fiscal jefe Gastón Ávila y la asistente letrada Lucila Maggiora. Los representantes del Ministerio Público Fiscal (MPF) argumentaron que las condiciones psicofísicas del imputado al momento de desplegar la conducta delictiva justificaban el cese de la acción penal ordinaria y la necesidad de sustituirla por un esquema asistencial y de resguardo.
Pautas de la internación y control permanente

El juez de garantías Ignacio Pombo ratificó los requerimientos de la fiscalía —con el expreso consentimiento de la defensa oficial— y dispuso el alojamiento obligatorio en un dispositivo específico de salud mental. Los parámetros fijados por el juzgado para el cumplimiento de esta medida de seguridad contemplan las siguientes condiciones:

Vigencia y revisión: La internación se extenderá por un plazo máximo de una década, con un esquema de control y seguimiento trimestral que estará bajo la órbita de un Juez de Ejecución Penal.

Cese anticipado: El confinamiento médico solo podrá ser revocado si peritajes posteriores del cuerpo forense demuestran que las patologías y los niveles de peligrosidad para sí o para terceros se han revertido de manera total.

Transición y plazos: En caso de que la medida se agote por el cumplimiento del tiempo límite de 10 años, el equipo interdisciplinario tratante deberá emitir un informe una semana antes del vencimiento. Si los riesgos persisten, la tutela del individuo se trasladará de forma inmediata a la jurisdicción de la justicia civil.

Por lo pronto, el procesado continuará bajo el régimen de internación involuntaria en la institución sanitaria de CABA donde permanece desde el año pasado, custodiado por fuerzas policiales. El magistrado ya remitió las notificaciones correspondientes al Juzgado de Rogatorias de la Ciudad de Buenos Aires, a la defensa pública civil y al juez del fuero civil interviniente para coordinar el futuro traslado a un centro definitivo y garantizar la vigilancia permanente del dispositivo de seguridad.