A partir de la acusación del fiscal del caso Manuel Islas, un tribunal declaró la responsabilidad penal de un varón, M.A.P.C, por haber abusado de una niña de su entorno cercano.
El delito que la fiscalía le atribuyó y probó en el juicio es abuso sexual con acceso carnal, de carácter continuado y doblemente calificado por la guarda y la convivencia con una víctima menor de 18 años.
Los abusos se extendieron entre 2017 y 2021, mientras M.A.P.C. compartía domicilio con la víctima, al mantener una relación de pareja con su madre. Los hechos ocurrieron en dos viviendas, una en Neuquén y otra en Centenario, y en un automóvil.
El fiscal Islas, quien trabajó junto a la asistente letrada Vanesa Muñoz, detalló que el agresor se aprovechaba de los momentos en que la niña quedaba a su cuidado y que se aseguraba la impunidad mediante amenazas.
Durante el juicio, Ministerio Público Fiscal imputó a M.A.P.C. como autor del delito de abuso sexual con acceso carnal, de carácter continuado; doblemente calificado por la guarda y la convivencia con una víctima menor de 18 años de edad (artículos 45 y 119 párrafos tercero y cuarto incisos “b” y “f” del Código Penal). La defensoría de los Derechos de Niñez y Adolescencia adhirió al pedido de responsabilidad.
El próximo paso será la determinación de la pena y la inclusión del condenado en el Registro de Personas Condenadas por Delitos contra la Integridad Sexual (RIPeCoDIS).
El tribunal que intervino estuvo integrado por la jueza Patricia Lupica Cristo y por los jueces Raúl Aufranc y Juan Pablo Encina.