Las multas pueden alcanzar hasta los 5 millones de pesos. Desde Protección al Consumidor indicaron que la mayoría de los comercios acataron la medida.
A partir de la reglamentación de la ley provincial N° 3.224, que establece la prohibición de la exhibición de productos ultraprocesados en líneas de caja de supermercados y comercios de autoservicio, la dirección provincial de Protección al Consumidor realizó 9 actas de infracción a la ley a distintos comercios.
La norma dictamina que en un radio de 3 metros -contados desde la línea de cajas y/o salida- no debe haber productos ultraprocesados. De esta manera, se busca la promoción de la salud de las personas, generando intervenciones que estimulen mejores hábitos alimenticios, y promoviendo particularmente la reducción del consumo calórico excesivo y de la ingesta de dulces en general.
Estas infracciones son el resultado que arrojaron las 129 inspecciones que se llevaron adelante desde el 17 de marzo a la fecha, en localidades como Centenario, Plottier, Villa La Angostura, Junín de los Andes, Loncopué, Cutral Có y Plaza Huincul. En tanto las multas se labraron en Neuquén capital, Cutral Co-Plaza Huincul, Plottier, Senillosa, y Centenario, siendo las dos primeras localidades donde mayor cantidad de infracciones se registraron. Los multados fueron comercios con metodología de autoservicio.
En cuanto al monto de las infracciones, la dirección provincial se basa en el artículo 47º de la Ley 24.240 -de Defensa del Consumidor- que puede ir desde los 100 a los 5 millones de pesos, acto que en los próximos días el organismo definirá, previo un proceso administrativo.
Desde el organismo -dependiente del ministerio de Seguridad- indicaron que la gran mayoría de los comercios acataron la normativa y en reemplazo a los productos ultraprocesados, colocaron productos de otro tipo de consumo, tales como pilas, focos de luz, elementos de higiene bucal, etc.
Cabe recordar que la dirección, a la vez, realiza controles para la detección de productos vencidos; “Góndola Caja” -para la correspondencia del precio exhibido sea el mismo que es cobrado-; Ley 2923, de disponibilidad del libro de quejas cumplimiento de precios máximos y Precios Cuidados.