El CD de Cutral Co aprobó por unanimidad la creación de un programa de Salud Mental en los barrios que "tiene como objetivo establecer el marco normativo para la implementación de políticas municipales de promoción, prevención, sensibilización y abordaje de la salud mental de adolescentes y jóvenes, asegurando la participación activa y permanente de profesionales de la salud", señala el texto sancionado.

En paralelo, se declararon de interés las actividades organziadas por el área de Salud Mental del hospital de Complejidad VI.

En cuanto al progama, la norma establece que estará cargo de la Secretaría de Desarrollo Social de la municipalidad de Cutral Co que se encargará de "Planificar y ejecutar campañas, jornadas y charlas de sensibilización que promuevan el bienestar de la salud mental y el autocuidado de adolescentes y jóvenes".

Así también "Promocionar, informar y disponrr acciones concretas y recomendaciones para la prevención de enfermedades y otros estornos mentales. Impulsar y coordinar la capacitación y actualizaciones continuas dirigidas a referentes e instituciones que trabajen con jóvenes y adolescentes... gestionar talleres y espacios participativos para la promoción del bienestar emocional y la salud mental".

Asimismo, deberá "coordinar acciones con otras áreas y dependencias municipales para el efectivo cumplimiento de la presente ordenanza".

Puntualmente estabelce que "se deben ejecutar las actividades del programa en los centros barriales, comisiones vecinales y en las demás dependencias municipales disponibles en los diferentes barrios de la ciudad... se debe difundir las acciones del programa incluyendo domicilio y líneas de contactos locales, nacionales y provinciales, destinadas al acompañamiento, apoyo, orientación, urgencias y consultas en materia de salud mental a través de medios de comunicación local, sitios web y redes sociales oficiales de la municipalidad y concejo deliberante de la ciudad de Cutral Co".

Por otra parte, autoriza "al departamento ejecutivo para celebrar convenios de cooperación con el Ministerio de Salud Pública de la provincia de Neuquén, Hospital de Complejidad VI, Instituciones, Asociaciones y Organismos Gubernmentales y No Gubernamentales con incumbencia en la materia que contribuyan en los objetivos de la presente ordenanza".