El cuerpo resolvió por unanimidad declarar "inadmisibles" las acusaciones por presunto mal desempeño. La presentación contra la magistrada de Cutral Co la realizó el representante legal de la firma Petrogas.
En una resolución unánime, el Jurado de Enjuiciamiento de la provincia declaró inadmisibles las denuncias formuladas contra la jueza de Cutral Co, Vanina Cordi, y contra las fiscales del caso Mónica Pizzipaulo y Rocío Rivero. Con este fallo, el órgano constitucional desestimó de forma definitiva los pedidos de remoción que pesaban sobre las funcionarias judiciales.
El tribunal encargado de analizar el desempeño de magistrados y fiscales estuvo integrado por los vocales del Tribunal Superior de Justicia (TSJ), Gustavo Mazieres, Germán Busamia y Alfredo Elosú Larumbe; los diputados Matías Martínez y Ludmila Gaitán; y los abogados matriculados Juan Carlos Teppa y Ana Clara Fraire.
El origen del conflicto: denuncia de Petrogas
La acusación que originó el proceso contra la jueza Cordi se remonta a una disputa comercial en torno a la empresa Petrogas, firma que en 2024 atravesó un severo proceso de recambio en su dirección. En ese contexto, el empresario Ariel Vega inició acciones legales civiles para reclamar la devolución de 5 camionetas de su propiedad que había cedido en “préstamo”, mientras que la empresa impulsó, en paralelo, acciones en el fuero penal.
A raíz de las decisiones tomadas en ese complejo entramado judicial, el abogado Maximiliano Ariel Orpianessi denunció a Cordi por presunto mal desempeño. Según el denunciante, la magistrada habría actuado de manera "irregular y arbitraria", librando cédulas sin verificar la documentación adjunta y concediendo recursos fuera de los plazos legales.
Una defensa contundente y el filtro de la Comisión Especial
La respuesta de la jueza Cordi ante el Jurado de Enjuiciamiento fue tajante. Sostuvo que el denunciante "jamás comprendió los términos de la resolución y se encegueció con su propia interpretación". Asimismo, acusó a Orpianessi de actuar "maliciosamente" y de construir "falacias" con el fin de sustentar una presentación infundada.
En su descargo, la magistrada también expuso la violencia ejercida por el letrado, detallando un correo electrónico en el que este la insultó e intentó amedrentarla para que modificara su postura judicial.
El desenlace de esta semana ratifica lo que ya había advertido la Comisión Especial del Jurado de Enjuiciamiento en septiembre de 2025. En aquella instancia, la jueza María Soledad Gennari, el diputado Héctor Novoa y la abogada Marcela Santini habían dictaminado que los elementos presentados no poseían la entidad suficiente para abrir un proceso de remoción. "Ni las copias del proceso seguido ni las argumentaciones vertidas pueden ser seriamente consideradas para justificar la apertura de un procedimiento constitucional de remoción", aseguraron.
Finalmente, el Jurado de Enjuiciamiento cerró el capítulo de manera definitiva, extendiendo el rechazo por inadmisibilidad a las denuncias que, en expedientes separados, tramitaban contra las fiscales neuquinas Pizzipaulo y Rivero.
