El fiscal del caso Adrián de Lillo acusó a R.F.F, por haber realizado una serie de maniobras en la venta terrenos cuando se desempeñaba como encargado en la sucursal de Villa La Angostura de una reconocida inmobiliaria con sede en Buenos Aires.

Fue en una audiencia de formulación de cargos realizada el viernes pasado en la que también solicitó que el acusado permanezca detenido en prisión preventiva por cuatro meses por existencia de riego de fuga

Además, De Lillo pidió que se declare el caso como “causa compleja” debido a la pluralidad de hechos y víctimas involucradas y, por este motivo, requirió que el plazo para concluir la investigación se fije en un año.

El representante del Ministerio Público Fiscal describió que el imputado realizó un total de 45 maniobras entre agosto de 2017 y diciembre de 2023 por un perjuicio de 1.200.000 dólares o aproximadamente 1.200.000.000 pesos. Las estafas sucedieron bajo tres modalidades distintas:

- La primera fue en el ofrecimiento para la venta de unidades funcionales de un loteo, para luego al momento de suscribir los respectivos boletos de compraventa, colocar nomenclaturas catastrales correspondientes a otros lotes que ya habían sido vendidas, llegando a revender un mismo lote en más de oportunidad.

- La segunda modalidad adoptada el imputado consistió en plasmar en un boleto de compraventa nomenclaturas catastrales de una unidad funcional inexistente dentro del mismo loteo.

- Finalmente la tercera radicó en vender unidades funcionales respecto de las cuales el acusado no era propietario, ni tenía poder conferido a su favor que le permitiese llevar a cabo las operaciones de venta concretadas.

Las conductas descriptas fueron desplegadas valiéndose del buen nombre, de los contactos y de las instalaciones de la inmobiliaria para la cual trabajaba, así como también de su posición en la ciudad como reconocido agente inmobiliario de la zona.

El delito que De Lillo le atribuyó a R.F.F, es estafas reiteradas en 45 hechos, todos en concurso real entre sí y en carácter de autor (artículos 172, 45 y 55 del Código Penal).

Los abogados querellantes particulares que intervienen en representación de las víctimas adhirieron al pedido de la fiscalía. Uno de ellos, requirió además que se dicte la inhibición general de bienes de R.F.F en los Registros de la Propiedad inmueble provinciales y de la ciudad de Buenos Aires y en el Registro Nacional de la Propiedad Automotor de Yates y Embarcaciones.

Tras escuchar a las partes, el juez de garantías Ignacio Pombo tuvo por formulados los cargos contra el imputado de acuerdo a lo requerido por el fiscal De Lillo. Además hizo lugar al pedido de declaración de causa compleja por lo que estableció el plazo para concluir la investigación preliminar en 6 meses.

En relación a la prisión preventiva, el magistrado avaló la medida por un plazo menor al solicitado: 7 días.

Finalmente dictó la inhibición general de bienes del imputado en los Registros de la Propiedad Inmueble y del Automotor.