El juez federal Martín Cormick ordenó al Poder Ejecutivo cumplir de manera inmediata con la ley votada por el Congreso. El fallo tildó de "extraconstitucional" la cláusula con la que se intentaba condicionar la aplicación de los fondos.
En un nuevo y duro revés judicial para el Ejecutivo, la Justicia Federal declaró este martes la inconstitucionalidad del Decreto 759/2025, mediante el cual el Gobierno había condicionado la aplicación de la Ley de Financiamiento Universitario (Ley 27.795). De este modo, la Justicia le ordenó al Estado avanzar de manera inmediata con el cumplimiento de la normativa.
La decisión fue tomada por el titular del Juzgado Contencioso Administrativo Federal N° 11, Martín Cormick, al resolver los amparos colectivos presentados por el Consejo Interuniversitario Nacional (CIN) y la Universidad de Buenos Aires (UBA).
El origen del conflicto y la maniobra del Ejecutivo
La controversia se remonta a 2025, cuando el Congreso aprobó la ley destinada a garantizar el financiamiento de las universidades nacionales, la recomposición de los salarios de docentes y no docentes, y la actualización de las becas estudiantiles.
Tras el veto inicial del presidente y la posterior insistencia de ambas cámaras parlamentarias con las mayorías requeridas por la Constitución, el Gobierno promulgó la ley a través del Decreto 759/2025. Sin embargo, en esa misma norma incluyó una cláusula que supeditaba su ejecución a que se determinaran fuentes específicas de financiamiento y se incorporaran las partidas al presupuesto.
Para las universidades, esta condición funcionó como un bloqueo encubierto que impedía la aplicación efectiva de la ley ratificada por el Congreso, lo que motivó una vía judicial que ya había cosechado cautelares favorables ratificadas por la Corte Suprema en junio de 2026.
Qué cuestionó el juez
En los fundamentos de su sentencia de fondo, el magistrado fue lapidario contra el mecanismo implementado por el Ejecutivo:
Sostuvo que el decreto “no supera un test mínimo de razonabilidad” al suspender una ley aprobada por insistencia parlamentaria.
Calificó la jugada oficial como un “mecanismo extraconstitucional” y una suerte de veto encubierto no contemplado por la Carta Magna.
Señaló que el impacto presupuestario de la ley —calculado por la Oficina de Presupuesto del Congreso en apenas un 0,23% del PBI nominal proyectado— no justificaba su parálisis.
El impacto y los pasos a seguir
Con esta sentencia, el Poder Ejecutivo queda formalmente obligado a dictar las normas reglamentarias y administrativas necesarias para poner en marcha de inmediato la ley, garantizando fondos para las instituciones, las becas estudiantiles y la recuperación salarial del personal universitario.
Si bien la decisión corresponde a la primera instancia y el Gobierno nacional tiene la potestad de apelar la medida ante la Cámara en lo Contencioso Administrativo Federal, el fallo se conoce en la delicada previa de una nueva jornada de protesta nacional, consolidando a los tribunales como el epicentro de un conflicto que lleva meses de tensión política.
