El concejal Fernando Doroschenco (FyPN) hizo una encendida defensa de la creación del Boletín Oficial Municipal por Ordenanza para publicar allí "No solo las Ordenanzas, sino todos los actos de gobierno: decretos, licitaciones, concursos de precios, todo lo que hace a la transparencia de la gestión municipal", destacó.
"Hay una Ordenanza vieja, del año '86, que ya creaba el Boletín oficial", dijo Doroschenco y aclaró que "solo obliga a presentar las Ordenanzas pero no los actos de gobierno que hacen a la transparencia de cualquier gestión pública", sostuvo y apuntó que esto se agregaba en la Ordenanza que se buscaba poner a votación.
Asimismo, recordó que la Carta Orgánica en el artículo 113, inciso P, señala que el Ejecutivo "tiene que organizar el Boletín Oficial, pero la creación es a través de una Ordenanza y eso es potestad exclusiva del CD", recordó.
"Nos encontramos con que no hay voluntad de aprobar un proyecto de ordenanza y nace este proyecto de comunicación diciéndole (al Ejecutivo) que ponga en vigencia algo que inclusive ya es obsoleto porque las Ordenanzas ya están publicadas en el Digesto municipal por lo cual no tiene sentido publicarlas en el Boletín Oficial", rememoró.
"Ahí me surgió la duda: ¿por qué tanta resistencia a que se publiquen los actos oficiales?", remarcó. "Encontré la Ordenanza 1674/20 donde se estipulan los montos para la obra pública y las contrataciones directas, las licitaciones y, a partir de ahí, la actualización por IPC... y la 1950/23 que crea el Registro de Proveedores.... cuando empiezo a ver estas ordenanzas encuentro una cantidad enorme de quizá. De quizá por qué no se quieren publicar los actos de gobierno", dijo.
Al respecto señaló que de acuerdo a la Ordenanza de los límites mayor de obra pública sin pasar a licitación pública apenas supera los 300 millones de pesos. Es decir que cualquier obra que super a los 300 millones de pesos debería estar publicada y llamar a una convocatoria pública", dijo.
Luego se preguntó: "¿Las obras que está haciendo el Ejecutivo, cumplen con la Ordenanza 1674/20?... y le recuerdo a todo el cuerpo que esa es nuestra función de contralor", remarcó.
Más adelante reparó en las limitaciones de Ser cónyuge, conviviente o familiar. "Quizás haya funcionarios públicos y en muchas de las empresas que están trabajando para el municipio, haya cónyuges, padres, madres... Se han hecho muchas veredas y dónde se compra el cemento", sostuvo.