
En un fallo dictado por el Juzgado Nacional de Primera Instancia del Trabajo N° 79 y que ya se encuentra firme, la Justicia Nacional del Trabajo condenó a la firma Wipro Technologies S.A. a devolverle a un trabajador el dinero invertido en servicios esenciales de conectividad y energía eléctrica utilizados para cumplir con sus tareas a distancia.
El conflicto por los plazos internos y el artículo 76
La demanda fue iniciada por Edmundo Vicente Maza, quien ingresó a la compañía en agosto de 2017 y realizaba sus labores desde su hogar empleando su teléfono celular, conexión a internet y luz eléctrica. El nudo de la controversia giró en torno a los mecanismos administrativos que imponía la empresa: Wipro exigía que los comprobantes de gastos se cargaran en su plataforma digital dentro de un plazo trimestral desde su emisión.
Bajo esa política interna, la empresa rechazó los pedidos del empleado argumentando que correspondían a períodos vencidos. Sin embargo, la jueza Cecilia M. Murray determinó que un procedimiento administrativo no puede convertirse en un plazo de caducidad que vulnere un derecho amparado por el artículo 76 de la Ley de Contrato de Trabajo (LCT), el cual obliga al empleador a asumir los costos necesarios para el desempeño de las labores.
Según explicó el abogado especialista Nahuel Altieri —director de Altieri Legal y representante del trabajador—, si bien las corporaciones pueden establecer pautas organizativas para presentar los comprobantes, estas reglas no pueden contravenir los plazos generales de prescripción previstos por la legislación laboral vigente.
Alcance de la sentencia y resguardo de pruebas
El fallo contempló el reembolso de tres conceptos específicos abonados en su momento por el empleado:
Telefonía celular: $5.254,55.
Internet: $5.226.
Energía eléctrica: $34.809,66.
En total, la condena ascendió a $45.290,21 más sus respectivas actualizaciones e intereses, sumado a la imposición de costas a la demandada.
Ante este escenario, los especialistas recomiendan a quienes realizan teletrabajo conservar prolijamente todas las facturas de servicios públicos, tickets de compra de insumos o mobiliario (como sillas ergonómicas) y las constancias o capturas de pantalla de los reclamos realizados a través de los portales internos de las compañías. Aunque los efectos de una sentencia se limitan a las partes involucradas, el fallo marca un importante antecedente jurisprudencial sobre los límites del poder de organización empresarial frente a los gastos derivados del trabajo remoto.
