Un tribunal rechazó la impugnación de la defensa y ratificó la pena dictada contra R.E.G. Los ataques ocurrieron en un contexto de convivencia y guarda familiar. Deberá ser inscripto en el registro de abusadores sexuales.
Un tribunal de revisión integrado por los jueces Richard Trincheri, Andrés Repetto y la jueza Estefanía Sauli confirmó la condena a 11 años y 6 meses de prisión de cumplimiento efectivo para un hombre identificado como R.E.G., hallado culpable de abusar sexualmente de dos niñas que integraban su entorno cercano en la ciudad de Neuquén.
La decisión judicial se produjo tras rechazar los planteos presentados por la defensa técnica, que había cuestionado tanto la valoración de las pruebas durante el juicio como el monto de la pena impuesta. El fiscal del caso, Gastón Medina, junto a la Defensoría de la Niñez y Adolescencia en rol de querellante particular, habían solicitado la confirmación integral del fallo.
El caso y las agravantes
De acuerdo con la investigación penal, los graves hechos ocurrieron entre diciembre de 2018 y octubre de 2019 en un domicilio de la capital provincial. En ese período, el condenado convivía con las menores por mantener una relación de pareja con su madre y, además, ejercía tareas de cuidado sobre las víctimas cuando la mujer se ausentaba por razones laborales.
Durante el juicio oral realizado el pasado 24 de junio, la fiscalía acreditó la materialidad de cuatro hechos de abuso sexual:
Dos en perjuicio de una de las víctimas (un hecho de abuso sexual simple y otro con acceso carnal).
Dos en perjuicio de la segunda víctima (un hecho de abuso sexual simple y otro calificado como gravemente ultrajante).
Los magistrados ponderaron como agravantes clave el aprovechamiento de la convivencia preexistente y la situación de guarda que el imputado detentaba sobre las niñas, encuadrando los delitos en los artículos correspondientes del Código Penal.
Ratificación de la pena y registro oficial
Tras la fijación de la condena a 11 años y medio dictada el 25 de agosto, la defensa apeló buscando morigerar la sanción o revertir la responsabilidad penal. Sin embargo, el tribunal de impugnación convalidó los fundamentos de los jueces de grado, ratificando el encierro efectivo.
Asimismo, se confirmó la orden de inscribir de manera formal los datos del condenado en el Registro de Identificación de Personas Condenadas por Delitos Contra la Integridad Sexual (RIPECoDIS) una vez que la sentencia quede firme en todas sus instancias.
