Un varón y una mujer responsables por abusar sexualmente de dos niñas y de un niño de su entorno familiar, fueron condenados hoy a penas de 18 y 9 años de prisión respectivamente.
Así lo comunicó hoy a las 13 el juez de garantías Gustavo Ravizzoli, al cumplirse las 48 horas de plazo para dictar la sentencia y luego de que el lunes se desarrollara la audiencia para determinar las penas. Allí, Breide Obeid solicitó 30 años de prisión para el varón, M.B.C; y 20 para la mujer, E.H.N.
Durante el juicio de responsabilidad, un jurado popular los había declarado culpables por los delitos de abuso sexual con acceso carnal (dos hechos); y de abuso sexual gravemente ultrajante (un hecho). Respecto del varón, como autor de los delitos; y de la mujer, como partícipe necesaria.
El Ministerio Público Fiscal logró probar que M.B.C cometió los abusos aprovechando la situación de convivencia y que las víctimas quedaban a su cuidado. Las agresiones sexuales ocurrieron entre enero de 2008 y diciembre de 2018, en lugares cercanos a la localidad de Añelo; y E.H.M, como pareja del acusado, colaboró para que cometiera los abusos, sin evitarlo.
El lunes, el fiscal jefe pidió al juez que sólo considere como atenuantes que el acusado no tenía antecedentes y se mantuvo a derecho durante el proceso. Sobre la mujer sumó la “condición de vulnerabilidad” que presentaba, a partir de una dependencia con el condenado.
En contra, Breide Obeid valoró las circunstancias de comisión de los hechos, la cronicidad y continuidad y la naturalización, y por esa razón solicitó 30 y 20 años de prisión. Tras las 48 horas de deliberación, el juez impuso 18 y 9 años respectivamente.
Por otra parte, el condenado como autor será inscripto en el Registro de Identificación de Personas Condenadas por Delitos contra la Integridad Sexual (RIPeCoDIS)