Un varón, que cumple una condena de prisión efectiva por un hecho de robo agravado, fue nuevamente condenado por su participación en dos estafas a comercios de Neuquén. Se trata de Rogelio Rojas Cisterna, quien aceptó su responsabilidad por dos maniobras en las que, junto a una mujer, perjudicó a un local de ropa y a otro de celulares.

El fiscal jefe Pablo Vignaroli aclaró que la otra imputada, R.E.M, está acusada en otros legajos y resolverá su situación mediante un acuerdo específico, por lo que no formó parte de la resolución adoptada durante la audiencia realizada hoy.

Al momento de presentar la acusación, Vignaroli anticipó que las partes acordaron imponer la condena en virtud de que ninguna de las estafas implicó el uso de violencia y a que, en uno de ellos, la participación del condenado no fue determinante para que el hecho ocurriera.

La primera estafa fue el 17 de julio de 2021, cuando Rojas Cisterna y R.E.M se presentaron en un local comercial ubicado en un shopping de la ciudad de Neuquén y advirtieron al vendedor que iban a realizar “una compra grande”. Le manifestaron que iban a pagar mediante el sistema de Pagos Offline, indicando que R.E.M era clienta de otra sucursal, y realizaron tres operaciones: una por $40.620, otra por $65.710, y una tercera por 73.290 pesos. Al realizar las compras de manera offline, el sistema emitió comprobantes que no fueron registrados, generando un perjuicio total por $179.620.

El segundo hecho ocurrió el 28 de julio de 2021, ambos se presentaron en un local comercial del centro de la ciudad para comprar teléfonos celulares. De manera “avasallante” respecto de la vendedora y a partir de una maniobra de distracción ejecutada por Rojas Cisterna, R.E.M tomó el equipo para el cobro con tarjetas de crédito y lo manipuló para desconectarlo del sistema, lo que le permitió realizar compras por $113.608 primero, $117.540 después, una tercera compra por $2.900 y, finalmente, una cuarta por $9.543. El perjuicio total en este caso ascendió a $243.581.

El fiscal del caso encuadró lo ocurrido en el delito de estafa, dos hechos en concurso real (artículos 172, 45 y 55 del Código Penal), con participación secundaria en el primero y necesaria en el segundo.

Tras escuchar los argumentos, la jueza de garantías homologó el acuerdo mediante el que se impuso una pena de 2 meses de prisión efectiva, que deberá componerse con la de 6 años y 6 meses que actualmente cumple el condenado, y declaró la tercera reincidencia.

El fiscal Vignaroli aclaró que el acuerdo comprendió sólo los dos hechos de estafa detallados, y que la unidad fiscal de Delitos Económicos lo continúa investigando por su participación en otros legajos.