Imagen

Ingresó al Concejo Deliberante de Plaza Huincul un proyecto de ordenanza presentado por la concejala Marga Yunes (MPN), que propone modificar el Código de Faltas municipal para extender el margen de atención al público de los comercios locales.

La propuesta modifica el artículo 106 del Anexo I de la Ordenanza N.º 1478/2015 y fija como horario general de atención al público de 07:00 a 24:00 horas. La medida exceptúa a los locales que cuenten con normativas específicas para funcionar fuera de ese rango y contempla sanciones con multas de entre el 50% de una U.M. y hasta 4 U.M. para quienes violen la disposición.

Respecto al monto de las infracciones, cabe recordar que la U.M. (Unidad de Multa) o U.F. (Unidad Fija) es igual al valor actualizado de 100 litros de nafta de mayor octanaje de la empresa YPF. En definitiva, teniendo en cuenta que los 100 litros de Infinia Nafta están alrededor de $ 2.100, las multas irían desde $210 mil hasta$ 840 mil.

Entre los fundamentos, la iniciativa señala que busca dar respuesta a una demanda de vecinos y comerciantes para acompañar el contexto económico actual, fomentar la economía local, potenciar las ventas e incentivar el empleo en la ciudad.

El texto completo de la norma propuesta es el siguiente:

PROYECTO DE ORDENANZA

VISTO: La Ordenanza N.º 1478/2015 del Código de Faltas de la Municipalidad de Plaza Huincul, y la necesidad de adecuar la normativa vigente en materia de horarios de atención al público comercial; y

CONSIDERANDO: Que el contexto económico actual exige la implementación de medidas de apoyo y fomento a la economía local, impulsando la actividad de los comercios de nuestra localidad.

Que esta medida responde a una demanda concreta y a peticiones de vecinos/as y comerciantes de la ciudad, quienes han manifestado la necesidad de contar con un rango horario más amplio.

Que extender y flexibilizar la franja horaria permitida para la atención al público contribuye significativamente a fortalecer las ventas, mejorar los ingresos del sector comerciante e incentivar el empleo local.

Que resulta pertinente modificar el Artículo 106 del Anexo I del Código de Faltas (Ordenanza N.º 1478/2015) del Título Cuarto, "Capítulo IV: Faltas a la Moralidad, Buenas Costumbres y Espectáculos Públicos" para fijar el nuevo marco horario general de funcionamiento.

POR ELLO: EL CONCEJO DELIBERANTE DEL MUNICIPIO AUTÓNOMO DE LA CIUDAD DE PLAZA HUINCUL SANCIONA LA SIGUIENTE ORDENANZA:

Artículo 1.º: MODIFÍQUESE el Artículo 106 del Anexo I de la Ordenanza N.º 1478/2015, Título Cuarto, "Capítulo IV: Faltas a la Moralidad, Buenas Costumbres y Espectáculos Públicos" (Código de Faltas de la Ciudad de Plaza Huincul), el cual quedará redactado de la siguiente manera:

"Artículo 106.º: Se deja establecido que el horario general de atención al público de los establecimientos comerciales dentro del ejido municipal es desde las 07:00 horas hasta las 24:00 horas, salvo aquellos que expresamente por ordenanza específica estén habilitados para funcionar fuera de estos horarios. El que infringiere dicho horario será sancionado con multa equivalente al cincuenta por ciento (50%) de una (1) U.M. y hasta cuatro (4) U.M."

Artículo 2.º: De forma.