El Concejo Deliberante de Cutral Co modificó por Ordenanza el Estatuto del Empleado municipal y estableció que las trabajadoras de la comuna tendrán dos días al año para realizarse estudios de mamografía, colposcopia o papanicolau. La iniciativa fue presentada por la concejal Natalia Paredes (MPN) y aprobada por mayoría (se abstuvo el concejal Marifil) en la última sesión del deliberativo. La norma alcanza también a trabajadoras de plus y planes sociales.

Al fundamentar el proyecto, Paredes sostuvo que “Esta licencia especial para empleadas municipales en la realización de los estudios monográficos, la colposcopia y el Papanicolau surgen de la importancia que debemos poner como mujeres en incentivar a otras en la realización de los estudios anuales correspondientes para detectar precozmente el cáncer. Si se detecta a tiempo sabemos que salva vidas”.

“El cuidado con la mujer trabajadora que dependan de este municipio es de vital importancia, le da al municipio protagonismo del cuidado para con las mujeres que integran su plantel”, resaltó.

Al respecto indicó que “Actualmente las campañas de concientización ocupan lugares importantes en los medios de comunicación, pero no obstante a eso la falta de tiempo, quizá, el desconocimiento sigue siendo las trabajas para alcanzar un 100% de la población femenina. Con esta ordenanza se busca paliar esta situación a través de una licencia especial para las mujeres de la administración municipal, que desde su día de ingreso a la administración tengan derecho de tres días hábiles por año, no acumulables, con goce de haberes para la realización de estos estudios”, afirmó la edila del partido provincial.

El texto completo de la norma es el siguiente:

EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE CUTRAL CÓ

SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA


Artículo 1º: Incorpórese el Art. 108 bis a la Ordenanza 0604/86 referente al “Estatuto y Escalafón del Personal de la Municipalidad de Cutral-Có”, que quedará redactado de la siguiente manera:

ARTICULO 108º bis) Desde el día de su ingreso el agente femenino tendrá derecho a gozar de una licencia especial con goce de haberes de hasta Tres (3) días por año no acumulable, sin que ello pueda afectar su remuneración, presentismo y/o cualquier otro beneficio, en el caso que la misma deba realizarse estudios de mamografías, colposcopía y papanicolau. Los días de uso de esta licencia queda a elección de la interesada y siempre que los turnos sean en horario laboral, debiendo dar aviso con anterioridad y mínimamente un día antes del turno a su jefe inmediato y superior, debiendo presentar o justificarlo con certificado médico y /o certificado de realizado el estudio. Si por cualquier motivo, su turno fuera cancelado y reprogramado o modificado, se deberá dar aviso a su jefe para obtener un nuevo día de licencia en forma excepcional, siempre que sea dentro del horario laboral.

Artículo 2º: Toda mujer que se desempeñe en actividades de la Administración Pública de la Municipalidad de Cutral-Có y Organismos Autárquicos, Entes Descentralizados, Área Legislativa y Judicial, bajo las modalidades de Secretario del Departamento Ejecutivo, Secretario Privado del Intendente, Secretarios Administrativos de los Bloques que conforman el Honorable Concejo Deliberante, Personal Planta Política, Contrato Especial municipal, Plus municipal, Planes Sociales, Pasantías u otras que dependan del Ejecutivo Municipal, gozarán de las disposiciones del Art. 108 bis de la Ordenanza 0604/86 sin que se vea perjudicada su estabilidad y remuneración.

Artículo 3º: De Forma.

FUNDAMENTOS:

En atención la Ordenanza 0604/86 no prevé una Licencia Especial para que la empleada municipal femenina pueda realizar estudios médicos para prevenir y analizar posibles cuadros de cáncer, este proyecto viene a llenar un vacío legal, reconociendo la problemática y regulando una medida para que las mujeres puedan contar con los días, dentro de la jornada laboral, para realizar estudios tales como la mamografía, colposcopia y papanicolau.

En Argentina, según las estimaciones de incidencia, el cáncer de mama es el de mayor magnitud en cuanto a ocurrencia, con un volumen de más de 21.000 casos al año, lo que representa el 17% de todos los tumores malignos y casi un tercio de los cánceres femeninos.
De acuerdo a datos provenientes del Registro de Tumores del Neuquén el cáncer de mama esta entre los más diagnosticados anualmente. El registro indica que se detectan 230 nuevos casos de cáncer de mama por año; además de ser el cáncer con mayor incidencia en las mujeres, es el de mayor mortalidad”.

Para la detección precoz del cáncer de mama, el estudio es la mamografía –indicada a las mujeres de 50 a 70 años y en mujeres menores a 50 años con antecedentes de cáncer de mama o síntoma relacionados al cáncer de mama.
Por otro lado, el cáncer de cuello uterino se puede prevenir si se detecta el virus del papiloma humano (VPH) a tiempo. En argentina se detectan 5.000 casos por año y mueren 1.800 mujeres por esta enfermedad, el método precoz para la detección temprana del cáncer de cuello uterino es el papanicolaou (PAP) –para mujeres a partir de los 25 años–; el test de VPH –mujeres desde los 30 años y hasta los 64–;
Con este proyecto se busca realizar un trabajo de prevención en la salud de las mujeres que desarrollan actividades laborales en el municipio, cuidando así su estado físico, emocional y a fin de que no se vea perjudicado el trabajo en la administración pública, ante un caso sorpresivo de este tipo de afecciones por la falta de los controles necesarios. También esta licencia se la concibe para que ninguna trabajadora este excluida, por lo que se aplica a todas las mujeres, que desarrollan actividades dentro del municipio o en organismos que dependen de él, y bajo cualquier modalidad contractual o social, incluidos los plus.

En definitiva, lo que se logrará con esta Ordenanza es que prime por sobre todas las cosas la reivindicación de los derechos de las mujeres y se los jerarquice, siempre pensando en su salud.