Mediante un acuerdo de partes, que contó con el aval de las víctimas y que permitió llegar a una pena sin que éstas tuvieran que atravesar por el proceso de juicio, un curandero que abusó sexualmente de dos niñas fue condenado a 12 años de prisión efectiva.

La fiscal del caso Valeria Panozzo presentó la acusación, a la que adhirió la Defensoría de los derechos de Niñez y Adolescencia, que representó directamente a las dos víctimas. Luego, el imputado, C.A.B, se declaró responsable de la acusación, por lo que finalmente el tribunal homologó el acuerdo.

El ahora condenado cometió los abusos respecto de las dos niñas en un contexto de supuestas atenciones de “curandería”, en una casa y en un colectivo, en un barrio de Neuquén.

Respecto de una de las víctimas, la fiscal calificó los hechos en los delitos de abuso sexual simple, abuso sexual con acceso carnal y abuso sexual con acceso carnal en grado de tentativa, todos en concurso real (artículos 119, párrafos 1 y 3; 42; 45 y 55 del Código Penal). Respecto de la otra, los hechos fueron encuadrados en las figuras de abuso sexual simple, abuso sexual gravemente ultrajante y abuso con acceso carnal, todos en concurso real (artículos 119, párrafos 1, 2 y 3; 45 y 55 del Código Penal).