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El Consejo Federal castigó con severidad al club Jorge Newbery por la agresión a los jugadores del Deportivo Rincón en la previa del partido del domingo en Comodoro Rivadavia. De esta manera, el equipo neuquino jugará la final por el ascenso al Argentino A ante Colon de San Justo.

Como se informó, los jugadores del Deportivo Rincón fue agredido en uno de los túneles en el ingreso al estadio de Jorge Newbwey y el goleador, David Boquín, recibió un golpe que le provocó un importante corte en el labio inferior. A raíz de la situación, el encuentro fue suspendido y hoy se conoció la decisión del tribunal de penas. 

La sanción a Jorge Newbery, también incluye la suspensión por un año del equipo chubutense para participar de torneos Federales y seis meses de clausura del estadio..

La resolución completa, es la siguiente:
Por ello el Tribunal de Disciplina Deportiva del Interior,
RESUELVE:
1°) Sancionar al Club Atlético Jorge Newbery, afiliado a la Liga de Fútbol de Comodoro Rivadavia, con la pérdida del partido que debía disputarse el día 4 de Febrero del año 2024, correspondiente a la quinta fase -vuelta-, Región Patagonia, del Torneo Regional Federal Amateur 2023/24, y con ello determinar la pérdida de la llave eliminatoria, clasificando el Club Deportivo Rincón de Los Sauces, afiliado a la Liga de Fútbol de Neuquén, a la siguiente fase del citado Torneo (Arts. 32, 33, 287 inc. 1º del RTP, y Art. 75-2-d RTRFA 2023/24).

2°) Sancionar al Club Atlético Jorge Newbery, con multa de 300 entradas generales por tres -3- fechas (Arts. 32, 33, 83 y 287 inc. 1º del RTP).

3°) Sancionar al Club Atlético Jorge Newbery para participar del Torneo Regional Federal Amateur, por el término de un -1- año (Arts. 32, 33, 80 2do. Párr. y 117
del RTP). 

4º) Comuníquese lo aquí resuelto el Consejo Federal del Fútbol, a los fines que estime corresponder para la conformación de la continuidad del Torneo Regional
Federal Amateur (Arts. 32 y 33 del RTP).

5º) Determinar la clausura por el término de seis meses, del estadio “La Madriguera” del Club Atlético Jorge Newbery, para que el mismo pueda actuar
de local (Arts. 32, 33 y 140 del RTP).