El Tribunal de Disciplina de LiFUNe falló a favor de Atlético Neuquén que jugará la final de reserva ante Centenario mañana, miércoles, desde las 19 en cancha de Pacífico.
La resolución se conoció alrededor de las 21 de este martes. En concreto, confirma la inclusión indebida de Piru Ríos y le da por perdido el partido a Alianza por 1-0. Como se recordará, en la cancha igualaron 3 a 3, aunque el celeste se impuso en los penales.
No obstante, Atlético Neuquén reclamó por la inclusión de Alexis Martín "Piru" Rios quien debía retornar a Petrolero Argentino una vez finalizado el torneo Federal, cosa que ocurrió el 13 de diciembre pasado, según se publicó en los Boletines de la propia liga.
De esta manera, el Tribunal de Disciplina de LiFuNe le dio la razón a Atlético Neuquén y Alianza se quedó sin final.
El fallo completo.
RESOLUCION N° 139/2023
NEUQUÉN, 26/DIC/2023
Y VISTOS:
El partido disputado entre el Club Atlético Neuquén y Club Alianza de C-co en fecha 23/12/23 en la Categoría reserva en el ámbito de la Liga d Fútbol de Neuquén; y
CONSIDERANDO:
Que, el club Atlético Neuquén. Presenta protesta con fecha 26 de diciembre por la supuesta mala inclusión del jugador RIOS ALEXIS MARTIN DNI 44.481.307; adjuntando planilla de juego, consultas en el sistema COMET en cuatro (4)fs, y recibo del pago de protesta.
Que se corrió traslado al club Alianza para que ejerza su derecho a defensa en carácter de preferente y pronto despacho.
Que el club Alianza de Cutral Co presenta su descargo donde manifiesta que el jugador está a préstamo por parte del club Petrolero Argentino hasta el 31/12/23 esto publicado en boletín N° 33/2023 de la liga de futbol de Neuquén en fecha 01/09/23. Agrega copias documentales firmada por ambos clubes.
Que se solicitó a la administración de la liga para que aporte toda documental respaldatoria relacionada al préstamo del mencionado Jugador.
Que la administración presenta la documental que obra en esta liga donde adjunta:
1° solicitud de Transferencia a préstamo del jugador presentada en fecha 31/08/23 con vencimiento 31/12/23.
2° convenio de recisión de transferencia con fecha 25/10/23 firmada por ambos clubes, publicado en boletín 41/23 fechado 27/10/23.
3° convenio de transferencia a prueba de fecha 25/10/23 donde en su artículo Primero reza (el Club cedente concede el pase “A PRESTAMO” del jugador mencionado, al Club Cesionario hasta “la Finalización del Torneo Regional Federal Amateur 2023/2024, publicado en boletín 41/23. Fechado 27/10/23 De la liga LI.FU.NE.
4° que el club Alianza de Cutral- Co, finalizo su participación del torneo Regional amateur en fecha 09/12/23.
Que el reglamento del torneo Regional Federal Amateur reza en sus artículos N° 27 JUGADORES INCORPORADOS “A PRUEBA SIN OPCION”.
27.1 Con fecha cierta (día, mes y año) de vencimiento, los que caducarán en la fecha fijada, no considerándose ningún tipo de solicitud de prórroga en tal sentido. En el caso de jugadores incorporados “a prueba sin opción” (interclubs, interligas o internacionales) los mismos podrán ser:
27.2 “Con la leyenda: “PARA EL TORNEO REGIONAL FEDERAL AMATEUR 2023/24 o HASTA LA FINALIZACION DEL TORNEO REGIONAL FEDERAL AMATEUR 2023/24, con lo que se considerará que el jugador podrá actuar en favor del Club que lo incorporó hasta la finalización de la participación de dicho Club en el Torneo Regional Federal Amateur 2023/24. Se deja aclarado que los jugadores con pases con estas leyendas podrán actuar en favor del Club que los incorpora en todo tipo de certámenes en que éste intervenga, salvo expresa disposición en contrario en las cláusulas del convenio o por reglamentación emanada de su respectiva Liga, pero siempre hasta la finalización de la participación de dicho Club en el Torneo Regional Federal Amateur 2023/24.
Que, en base a las pruebas aportadas, y según el Reglamento de Transgresiones y Penas del Consejo Federal de Futbol; por ello.
EL TRIBUNAL DE PENAS RESUELVE:
1°) ACEPTAR la protesta presentada por el Club Atlético Neuquén con fundamento en lo establecido en los arts. 13 y 27 R.T.P;
2º) DAR por perdido el partido al club Alianza de Cutral Co por la mala inclusión del Jugador Ríos Alexis Martín , con el resultado de 0 a 1 a favor de Club Atlético Neuquén;
3°) REINTÉGRESE el monto abonado al club Atlético Neuquén de acuerdo a lo establecido en el art. 22 R.T.P.;
4) Aplicar al club Alianza de Cutral Co la multa correspondiente la que deberá ser abonada a la tesorería de la Liga de Fútbol del Neuquén; según lo estipulado en el R.T y P.
5°) Notifíquese, publíquese y archívese